Guardia y custodia compartida durante el Estado de Alarma.

El cumplimiento estricto de los Convenios Reguladores relativos a la estancia de los menores con sus progenitores puede verse dificultado por la restricciones impuesta por el Estado de Alarma y, más aún, por los riesgos que implica la posibilidad de contagio del COVID-19.

Ante ello, es aconsejable tener presentes una serie de pautas o principios a la hora de estimar la necesidad de modificar o suspender la aplicación del Convenio Regulador (siempre de manera temporal y sin comprometer su futuro cumplimiento).

1º.- Interés superior del menor: No nos cansaremos de repetir que este principio rige por encima de cualquier otra consideración. Por lo tanto, si se estima de forma razonada que el menor corre algún riesgo derivado de la pandemia del COVID-19 los aconsejable es evitar los desplazamientos o, al menor, reducirlos al mínimo imprescindible. En todo caso deberá informarse de ello al otro progenitor.

Sobra decir que esta cuestión no debe instrumentalizarse a fin de evitar cumplir con el régimen de visitas que, salvo cuestiones de fuerza mayor, sigue estando vigente.

2º- Salud pública: Estamos tratando de evitar la cadena de contagios tanto como sea posible. Además de defender al salud de nuestro propio hijo debemos evitar que los hijos de los demás puedan resultar contagiados. No parece razonable que dos menores que no convivían en el momento de decretarse el Estado de Alarma pasen a convivir juntos antes de que éste termine.

3º.- Intentar siempre llegar a un acuerdo: Nos encontramos ante una situación temporal y excepcional. Por tanto, es aconsejable tratar de llegar a un acuerdo que no tiene porque influir en el mantenimiento futuro del Convenio Regulador en un futuro. Con los servicios públicos colapsados ésto es más necesario que nunca.

4º.- Mantener siempre informado al progenitor no custodio: Ante una crisis de salud pública y, dado que que los progenitores tienen el derecho a estar informados del estado de salud de sus hijos, debemos poner especial cuidado en informar puntualmente al otro progenitor sobre cualquier novedad relevante respecto a la salud del menor.

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